Nuevo reglamento a la Ley de Arbitraje y mediación de Ecuador

Por CIAR Global | 2-9-21

Nuevo reglamento a la Ley de Arbitraje y mediación de Ecuador

Hace unas semanas, el Gobierno de Guillermo Lasso publicó el nuevo Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación de Ecuador mediante el que deroga todas las normas reglamentarias y de jerarquía inferior a la ley que se opongan al mismo. Se trata de un paso más que, sumado a la reciente ratificación del convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), apuesta por situar de nuevo a Ecuador en un panorama más atractivo en el mapa de las inversiones internacionales.

El nuevo Reglamento, entre otros, aboga por la independencia de los centros de arbitraje y mediación, tal y como se observa en su Artículo 1.1: “Los Centros de Arbitraje y Mediación y los tribunales arbitrales tendrán plena independencia y autonomía, y no está sometidos a orden, disposición o autoridad alguna que menoscabe sus atribuciones. Queda prohibido que cualquier autoridad estatal ejerza control o interfiera en las funciones de los Centros de Arbitraje y Mediación o de los tribunales arbitrales.”

También el texto clarifica la ejecución de laudos de arbitraje o la arbitrabilidad de los conflictos, además de aclarar el recurso para los arbitrajes con entidades del sector público. A propósito de este último tema, el Dr. Diego García Carrión (García Feraud & Hijos) analiza algunos aspectos importantes en relación a la arbitrabilidad de los contratos de naturaleza comercial de la administración pública en “Ecuador: Arbitrabilidad de los contratos ante nuevo reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación“.

Consultar el texto del Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación.

source: CIAR Global