España pierde un nuevo arbitraje por el recorte de las renovables

España pierde un nuevo arbitraje por el recorte de las renovables

Por CincoDías | 19-2-18

 Inversores de Novenergia logran un laudo condenatorio en Estocolmo.

 El demandadente reclamaba 60 millones y otros 1.900 millones en otro arbitraje.

Nuevo revés para el Gobierno. La Cámara de Comercio de Estocolmo emitió el pasado jueves 15 un laudo condenatorio contra el Reino de España por haber infringido la protección de inversión del Tratado de la Carta de la Energía. El tribunal arbitral ha dado así la razón a un inversor internacional de la compañía española de renovables Novenergia, que había demandado a España por el perjuicio ocasionado por el recorte de los ingresos a las energías verdes aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en julio de 2013.

El demandante, radicado en Luxemburgo, que había invertido en un total de siete plantas de generación fotovoltaica en España, denunció que los cambios regulatorios derivados de dicha reforma contravenían la Carta de la Energía. Aunque el contenido del laudo sigue siendo confidencial, la publicación IAReporterconfirma que el tribunal presidido por Johan Sidklev; Antonio Crivellaro, designado por el demandante, y Bernardo Sepúlveda-Amor, en representación del demandado, ha fallado que España debe pagar “daños no especificados al demandante”. Este reclamaba 60,4 millones de euros, según la información que el pasado mes de noviembre entregó el Gobierno al Congreso.

Esta decisión se suma al laudo de mayo de 2017 favorable al fondo británico de infraestructuras Eiser, por el que se condenó a España al pago de 128 millones de euros por el cambio de marco regulatorio que costó a las energías renovables más de 3.000 millones de euros. La reforma supuso la eliminación del antiguo mecanismo de primas a la producción, que fue sustituido por incentivos a la inversión, que tiene en cuenta toda la vida regulatoria de las plantas.

Los abogados del Estado recurrieron la decisión de Eiser, en ese caso, ante el tribunal arbitral del Banco Mundial (Ciadi), pero, el laudo de Novenergia podría ser particularmente perjudicial y augura malas noticias para España, pues su accionistas mantiene abierto otro arbitraje en el Uncitral contra España, el de PV Investors, en el que reclama 1.900 millones de euros (la mayor de las reclamaciones de la treintena de procesos abiertos contra los recortes de la reforma, que ascienden a 7.600 millones de euros), en este caso bajo las reglas de la Cnudmi.

Según IAReporter, las audiencias de este arbitrajes se celebraron en enero de este año Novenergia está representada por Latham & Watkins, de París, y España, por los abogados del Estado.

Por el momento, el Gobierno, que ha ganado dos arbitrajes (uno de ellos de Isolux) y perdido otros dos, ha logrado el respaldo de la Comisión Europea, que emitió en diciembre un dictamen por el que autorizó el actual régimen de incentivos a las renovables, y establece que cualquier ayuda añadida (y considera como tal el pago a los inversiores derivados de laudos favorables) deberá serle notificada.

Bajo el lema de que “las ayudas de Estado no son un derecho”, la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, que firma el dictamen, recordó que España, como cualquier otro Estado, puede poner fin a un régimen de subsidios cuando lo considere oportuno.

Bruselas añadió entonces que los inversores no pueden invocar una expectativa legítima de rentabilidad porque el régimen español no había sido notificado a la Comisión y, por tanto, debían saber que era ilegal y podía ser declarado incompatible con las normas sobre ayudas de Estado.

Tras conocerse la noticia, Anpier, la asociación que integran los pequeños productores fotovoltaicos, afirmó que España deberá pagar a la firma luxemburguesa 53 millones de los más de 60 millones que reclamaba. Para Anpier, “el escenario es desolador, puesto que estos son tan sólo los dos primeros laudos de una treintena que faltan por resolverse”. ya añade que “si se perdiesen todos los laudos arbitrales, el sistema eléctrico podría llegar a incrementar sus costes en unos 7.000 millones de euros”.

Para esta asociación, “resulta inaceptable que, por una misma situación, el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y abandone a sus nacionales”. Estos no tienen a su alcance los medios que el Tratado de la Carta de la Energía habilita para los inversores extranjeros y, en particular, el recurso al arbitraje internacional.

Por lo que, “paradójicamente, los inversores españoles se verían perjudicados comparativamente en su acceso a las pertinentes medidas compensatorias”, añade Anpier, tras pedir al Gobierno que “adopte las medidas necesarias para que los inversores españoles en energía fotovoltaica que han visto recortada su retribución, no reciban peor trato que los inversores de los países signatarios del Tratado sobre la Carta de la Energía”.

QUIÉN PAGARÁ LA FACTURA

A la vista de que el Gobierno esperaba algún laudo desfavorable de la treintena de arbitrajes que inversores extranjeros mantienen desde 2013 por el recorte de las renovables, el año pasado optó por que la factura la pagaran los consumidores eléctricos.

Para ello optó por inlcuir una enmienda en el último minuto a la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, según la cual, para pagar las sanciones derivadas de los arbitrajes, el Gobierno podría hacer uso del superávit de tarifa, que supera los 1.000 millones de euros. Una partida que solo puede destinarse, según la Ley Eléctrica a amortizar la deuda histórica.

Como solo una ley modifica otra, la medida permitía tirar de ese exdentes.. pero solo en 2017. Lla norma se considera caducada, a la vista de que no hay Ley de Presupuestos para 2018. En cualquier caso, el Ejecutivo ha logrado ganar tiempo por varias vías.

Por un lado, el Gobierno ha recurrido el laudo de Eiser ante el Ciadi, aunque las posibilidades de que prospere son nulas y, además, un juez de Nueva York ya dio la razón a Eiser el vernao pasado. Por otro lado, ha logrado un aliado en la UE, que ha dictaminado que cualquier pago derivado de un laudo le debe ser notificado como ayuda de Estado. Que podría autorizar o no.

Fuente: No al TTIP