Ecuador no requiere aprobación de Asamblea Nacional para volver al CIADI

Por CIAR Global | 19-7-21

Ecuador no requiere aprobación de Asamblea Nacional para volver al CIADI

La Corte Constitucional ecuatoriana ha resuelto que la firma por parte del Gobierno de Ecuador del Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) no requiere la aprobación legislativa de la Asamblea Nacional, previo a su ratificación.

La Corte ha señalado que se trata de “un convenio marco en el que se establece la posibilidad para que el Estado acuda al arbitraje internacional o procesos de conciliación internacional. Sin embargo, para que pueda concretarse esta posibilidad de acudir a cortes internacionales, deben existir convenios arbitrales específicos”.

Y recuerda que “en caso de que el Estado ecuatoriano suscriba tratados en materia de protección de inversiones con posterioridad, cada uno de ellos debe ser objeto de pronunciamiento de la Corte Constitucional, previo a determinar si corresponde su aprobación legislativa y su posterior ratificación.”

Vuelta de Ecuador al CIADI

El 21 de junio de 2021 y después de 12 años de su denuncia y correspondiente retirada por parte del Gobierno de Rafael Correa, Ecuador volvió a aceptar el arbitraje de inversiones del organismo internacional con la firma del “Convenio CIADI”. Y lo hizo, entre otros, para reforzar y fortalecer sus relaciones comerciales.

El encuentro con nuevos socios comerciales, el fortalecimiento de las relaciones con aquellos con los que mantiene alianzas, la atracción de inversionistas responsables “en estricto cumplimiento con la legislación nacional, especialmente en materia de medio ambiente, laboral y derechos humanos”, son algunas de las razones esgrimidas por el Gobiereno ecuatoriano para dar marcha atrás a la decisión impulsada hace 12 años por Rafael Correa.

Fuente: CIAR Global