Arbitraje de cementera Holcim con Ecuador en la Corte Permanente de Arbitraje

CIAR Global | 19 de abril, 2022

Arbitraje de cementera Holcim con Ecuador en la Corte Permanente de Arbitraje

Holcim Investments (Spain) SL presentó la demanda de arbitraje contra Ecuador en mayo de 2021 bajo Reglamento de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Cnudmi o Uncitral, según siglas en inglés) invocando el Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones (APPRI) entre España y Ecuador. La autoridad administradora es la Corte Permanente de Arbitraje (CPA).

El origen de la disputa: una sentencia de diciembre de 2010. La cementera denuncia la reescripción retroactivamente de una ley ecuatoriana “en perjuicio exclusivo de Holcim” relacionada con las retribuciones a los trabajadores jubilados del sector. El tribunal del arbitraje ya ha sido constituido.

La Ley 19 de Jubilación Especial de los Trabajadores de la Industria del Cemento del Ecuador se promulgó en marzo de 1989 y establecía condiciones más ventajosas en la jubilación de los trabajadores del cemento convirtiendo a las cementeras en “agentes de retención” de dos centavos por cada kilo de cemento que tendrían que transferir al Instituto Ecuatoriano de la Seguridad Social (IESS). Holcim cumplió con ello hasta 2010 cuando, según la “Notificación de Arbitraje” hecha por Holcim a Ecuador el 21 de mayo de 2021: “[…] de modo inopinado, arbitrario y faltando al sentido de la justicia universal, la Corte Constitucional del Ecuador quiso convertir a Holcim en pagana del déficil que desde su misma concepción arrastraba ese fondo de jubilación especial a cargo exclusivamente del Estado del Ecuador a través del IESS”.

La Corte Constitucional impuso a Holcim 89 millones de US dólares como cantidad que habría procedido retener al margen de la regulación contenida en la Ley. Holcim impugnó ante la jurisdicción ecuatoriana esa condena y otro tribunal reconoció, en 2014, un error de cálculo en la sentencia de 2010. Otras sentencias se sucedieron y la cantidad debida disminuyó significativamente. Sin embargo, en 2018 se reabrió la cuestión sobre el quantum a instancias de una acción promovida por la Asociación de Jubilados que se extendió a actuaciones periciales en 2020, y Holcim decidió recurrir a la notificación y al consecuente arbitraje apoyándose en el APPRI España-Ecuador.

La notificación previa fue enviada a Ecuador en julio de 2020, pero nunca fue respondida.

El tribunal del arbitraje está formado por Eduardo Siqueiros (presidente), Horacio Grigera Naón y Marcelo Kohen.

Fuente: CIAR Global