Impactos del sistema de protección de inversiones y arbitraje

Por Luciana Ghiotto y Bettina Müller | Noviembre 2021

Impactos del sistema de protección de inversiones y arbitraje

Chile es el país de la región con la mayor cantidad de tratados internacionales que incluyen capítulos de protección de las inversiones extranjeras. Aunque el proceso de liberalización comenzó con la dictadura de Pinochet, ningún gobierno posterior abandonó el camino de otorgar libertad total a las corporaciones y a los inversores extranjeros. Por el contrario, los gobiernos firmaron una gran cantidad de tratados que otorgan privilegios especiales a los inversores extranjeros, al permitirles denunciar al Estado en el marco de instituciones arbitrales internacionales en lugar de utilizar los mecanismos establecidos en las justicias nacionales. Sin embargo, el proceso constituyente abre la posibilidad de discutir estos tratados de comercio e inversiones y revisar el tratamiento que Chile otorga a las inversiones extranjeras. A escala global se discute hoy la necesidad de contar con tratados que avalen las políticas públicas que protejan los derechos humanos, laborales y medioambientales y que vayan de acuerdo con objetivos de desarrollo sustentable. Esto requiere recortar los amplios derechos de los inversores, por ejemplo, para acudir al arbitraje internacional ante cualquier medida que, según su interpretación, afecta su “legítima expectativa de ganancia”. Este informe presenta una sistematización de estadísticas en base a un análisis de los casos inversor-Estado (ISDS) conocidos contra Chile hasta septiembre de 2021.

Recomendaciones

Teniendo en cuenta las consecuencias del régimen de protección de inversiones detalladas en este reporte, se recomienda :

• La incorporación de artículos en la nueva Constitución chilena que prohiban el arbitraje en base a tratados con inversores extranjeros.

• El inicio de un proceso de denuncia de todos los tratados de inversión que posee Chile, e iniciar una revisión de los tratados de libre comercio que incluyen compromisos en materia de inversiones extranjeras. Asimismo, requerir la salida de Chile del CIADI.

• El impulso de una auditoría de todos los tratados de inversión y del sistema de arbitraje de Chile. Con esto se puede comprender de un modo integral los efectos de los TBI y de los capítulos de inversión de los TLC.

• La incorporación de mecanismos vinculantes sobre los modos en que se negocian los tratados que incluyen compromisos en materia de comercio e inversiones. Se puede exigir la existencia de mecanismos de transparencia en las negociaciones de tratados de inversión y de comercio que desarrolle Chile a futuro.

¿En qué consiste la protección de las inversiones extranjeras ?

Los tratados internacionales que incluyen protección de inversiones son acuerdos firmados entre Estados que determinan los derechos de los inversores en los territorios de cada uno. Estos derechos se encuentran en los Tratados Bilaterales de Inversiones (TBI) o en gran parte de los Tratados de Libre Comercio (TLC). Estos tratados son usados por los inversores extranjeros para demandar a los Estados cuando consideran que un cambio en las políticas del país receptor afecta sus ganancias, aún si se trata de políticas que buscan proteger la salud pública, los derechos laborales o el medio ambiente. Uno de los mecanismos más controvertidos de la protección de las inversiones es el mecanismo de solución de disputas inversor-Estado (ISDS) que habilita a los inversores a acudir a centros de arbitraje internacionales cuando éstos consideran que sus inversiones han sido afectadas por una decisión del Estado. Gracias a este mecanismo ISDS, incluido en prácticamente todos los TBI y la mayoría de los TLC, los inversores pueden saltar las cortes nacionales y demandar ante un abanico de institutos arbitrales, como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (CIADI). Esto ha conformado un verdadero sistema de justicia paralela a las cortes nacionales, donde el sistema de solución de disputas inversor-Estado desplaza a los tribunales nacionales y menoscaba las decisiones tomadas por los jueces nacionales.

DESCARGAR INFORME COMPLETO AQUÍ.